PPK y la neolatifundización de la Amazonía peruana

291

Róger Rumrrill|

De los 112 Decretos Legislativos promulgados recientemente por el gobierno del presidente peruano Pedro Pablo (PPK) para reactivar la economía, los Decretos Legislativos 1292 y 1333 han sido unánime y enérgicamente rechazados por todas las organizaciones indígenas andino-amazónicas y las instituciones ambientalistas y de derechos humanos porque representan una de las mayores amenazas a los derechos fundamentales de las poblaciones indígenas y originarias del Perú.

De ejecutarse esas normas, consideradas anticonstitucionales y absolutamente regresivas a todo lo avanzado en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, el gobierno de PPK estaría abriendo de par en par las puertas para acelerar el proceso de neolatifundización de la Amazonía, siguiendo las tendencias globales de concentración y reconcentración de las tierras y territorios indígenas que se están produciendo en todo el planeta en la lógica del extractivismo desenfrenado de las corporaciones mineras, hidrocarburíferas y forestales.

La APIP, un frankentein burocrático

Para las organizaciones indígenas andinas y amazónicas que integran el Pacto de Unidad, así como para las entidades ambientalistas y de derechos humanos, el D.L.1333 es anticonstitucional porque borra de un solo plumazo todo el ordenamiento jurídico e ignora y desconoce la institucionalidad en materia de saneamiento físico y legal.

Además, el D.L. crea el Proyecto Especial de Acceso a Predios Para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP) un verdadero frankestein burocrático, cuyas funciones y competencias hacen tabla rasa con las competencias del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), del Ministerio del Ambiente (MINAM), de COFOPRI, de los gobiernos regionales y bloquea y obstaculiza las funciones de los proyectos de reconocimiento y titulación comunal como el proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa” (PTRT-3), que cuenta con financiamiento del BID.

Calificado por la Confederación Nacional Agraria (CNA) como un organismo “omnímodo”, la APIP, adscrita a Proinversión y dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tiene entre sus funciones el saneamiento físico y legal de las tierras y territorios comprendidos en el ámbito geográfico de proyectos de inversión  priorizados, sin importar si estas tierras están tituladas o no.

El todopoderoso APIP, asimismo, podrá identificar tierras, reconocer derechos, modificar planos y  linderos, medidas perimetrales y rectificar títulos de propiedad. Eso no es todo, este organismo  sin parangón en la historia de las funciones del Estado peruano, podrá también convocar a las asambleas comunales y decretar manu militari el desplazamiento de poblaciones andino-amazónicas cuando los intereses de los megaproyectos así lo acuerden,  violando y atropellando impunemente la autonomía de las organizaciones indígenas andino-amazónicas.

La otra norma que ha sido y sigue siendo materia de cuestionamiento es el D.L. 1292, que declara de “necesidad pública o interés nacional” la operación del Oleoducto Nor Peruano. Esta norma faculta al Estado peruano a “adquirir” los terrenos necesarios para la operación del Oleoducto, es decir, a expropiar terrenos de la Comunidades Campesinas y Nativas adyacentes o cercanas al Oleoducto.

Como ha ocurrido siempre en la historia del país, la “necesidad pública y el interés nacional” no son los intereses y las necesidades del pueblo, de las poblaciones campesinas e indígenas, sino de las grandes empresas y de un Estado  casi siempre al servicio de éstas.

Como Leguía, Alan García y Humala

Los Decretos Legislativos que los pueblos indígenas andino-amazónicos consideran un atropello, un abuso y un peligro para la integridad de sus tierras y territorios, parecen cortados con la misma tijera de la Ley 1220 de Tierras de Montaña de Augusto B. Leguía de 1909, de las leyes dictadas por Alan García para la implementación del Tratado de Libre Comercio (TLC) del Perú con Estados Unidos y el “paquetazo” de Humala para “destrabar las inversiones”. Es el mismo argumento de PPK.

En el “paquetazo” humalista está precisamente la ley 30230, que es el sustento jurídico del D.L. 1333. La 30230 está siendo revisada por el Tribunal Constitucional por inconstitucional, porque contraviene el estado de derecho, el orden jurídico constitucional y las normas del derecho jurídico internacional.

El paquetazo de PPK, una amenaza letal

El “paquetazo” PPK y en particular los D.L. 1292 y 1333 son  una amenaza letal para los pueblos indígenas andino-amazónicos, para sus tierras y territorios y su propia supervivencia.

De acuerdo a un estudio del Instituto del Bien Común (IBC), el 49.6 por ciento de los territorios de las Comunidades Campesinas y Nativas tienen superposiciones mineras. De las 10, 524 Comunidades Campesinas y Nativas, sólo 4,023 están tituladas. Para APIP y las empresas multinacionales que están detrás de ella y la digitan, hay más de 20 millones de hectáreas de tierras y territorios indígenas andino-amazónicos sin garantías y seguridad jurídica que pudieran ser pasto de su voracidad con la anuencia, complacencia y aprobación del gobierno  de PPK.

Los pueblos indígenas andino-amazónicos están exigiendo que el Congreso de la República derogue los D.L. 1292 y 1333, reivindicándose ante la Nación y los electores.

Pero si ese gesto reivindicatorio no se da, los pueblos indígenas andino-amazónicos pasarán a la resistencia, pacífica y democrática, incluso a costa de sus propias vidas.

El gobierno de PPK no ha aprende las lecciones de la historia. Ha olvidado la tragedia del “Baguazo”.
*Publicado en otramirada.peru