La desestimación de la denuncia contra Cristina, frusta la intención de mellar su influencia

Horacio Verbitzky-Página 12

La desestimación de la grave denuncia del fiscal Natalio Alberto Nisman frustró la enésima ofensiva dirigida a mellar la influencia de la presidente CFK en el proceso electoral que culminará en octubre con la elección de quien la suceda en el Poder Ejecutivo.

El contundente fallo de la Sala I de la Cámara de Apelaciones arg entinadesnuda la inopia fáctica y conceptual del texto que el fiscal Natalio Alberto Nisman presentó a los apurones por motivos que aún permanecen en las sombras, pero que por las experiencias previas con el mismo personaje pueden imaginarse.

Entre abril y mayo de 2014, en llamativa coincidencia con la derecha republicana y el establishment de seguridad e Inteligencia estadounidenses y mientras su Supreme Court analizaba en Washington la apelación argentina al fallo del juez Thomas Griesa a favor de los fondos buitre, Nisman les anunciaba a personas de confianza que se “llevaría puesta a Cristina” (como le dijo al nerd informático Diego Lagomarsino) o que conseguiría su detención (a la operadora judicial de la DAIA Marta Nercellas).

No lo consiguió, tenga o no tenga que ver su muerte con ello. La construcción del nuevo prócer de la derecha porteña se desmoronó por la mala calidad del material. La hipótesis de que el liderazgo de Cristina siga intacto durante todo el proceso electoral y aún después incrementa el encono de la oposición política y mediática que no alcanza a entender las razones de esta adhesión popular. Tal incomprensión los lleva a radicalizar sus posiciones negativas, con lo cual aceleran el recorrido de un círculo vicioso que podría dejarlos una vez más con las manos vacías.

Antes fueron las corridas hacia el dólar, los sacudones inflacionarios, los motines policiales y sus zonas liberadas para el vandalismo, las tentativas de desabastecimiento, los fallos del juez de Wall Street encaminados a simular un nuevo default, la deserción opositora de los debates parlamentarios sobre temas de fondo, los cacerolazos, los lockouts agropecuarios y los paros sindicales (uno de ellos se repetirá pasado mañana, por el impuesto a las ganancias de la cuarta categoría), las declaraciones flamígeras de las asociaciones patronales y la concertación entre jueces y fiscales para hostigar al gobierno. ar nisman

Varios de esos mandobles fueron instigados a control remoto, como castigo por la política exterior independiente, los avances contra los cómplices económicos, eclesiásticos y judiciales de los crímenes de la dictadura, la perseverancia en un camino económico-social opuesto al descontrol de los mercados. En este contexto se inscribe el rol de la embajada de los Estados Unidos, a la que Nisman sometía sus borradores para que se los corrigieran y donde recibía instrucciones sobre qué pistas seguir y cuáles dejar de lado.

La extraordinaria gravedad de esta subordinación no es percibida por la oposición y esto también ayuda a explicar su desfasaje con la opinión predominante. Del mismo modo, la difusión de los vicios privados que Nisman costeaba con dineros públicos sólo puede espantar a quienes se conduzcan con la misma laxitud.

Afeitar en seco a quien termina su mandato es la mejor forma de advertir al entrante que ponga las barbas en remojo si no quiere seguir la misma suerte.

El final apocalíptico de la primera presidencia democrática, con hiperinflación, apagones y saqueos no fue destinado a Raúl Alfonsín sino a Carlos Menem, quien entendió el mensaje y se apartó de la tradición política y de los votantes que lo llevaron al gobierno. Hasta ahora la resiliencia de Cristina impidió la concreción del escarmiento. Esto condiciona en el sentido opuesto a todos los precandidatos presidenciales: 2003 es un punto de inflexión del que no será fácil apartarse. Las gigantescas movilizaciones pacíficas del 1º y del 24 de marzo podrían cambiar de carácter ante un intento burdo de regresión.

Loas y alabanzas

La Sala I está integrada por tres jueces cuyos cargos de responsabilidad comenzaron antes de 2003, y que se alinearon en torno a dos posiciones: el impenitente gladiador de la Escudería Stiuso, Eduardo Farah, por abrir la investigación contra la presidente; su colega Jorge Ballestero por confirmar la desestimación dispuesta por el juez federal Daniel Rafecas.

Quien desequilibró fue Eduardo Freiler. Era muy difícil que esta vez Ballestero pudiera acompañar a Farah. Cuando el mismo tribunal se pronunció por la inconstitucionalidad del Memorandum de Entendimiento con Irán, en mayo del año pasado, Ballestero reconoció “los loables objetivos que inspiraron los términos de ese acuerdo” y los “múltiples esfuerzos” del gobierno “en procura del esclarecimiento de lo ocurrido y del avance de la investigación”. Freiler era la incógnita a develar: excusado en el caso de la inconstitucionalidad, no había indicios sobre su posición.

Magistrados Ballesteros, Frah y Freiler
Magistrados Ballesteros, Frah y Freiler

El eje del pronunciamiento fue el voto de Ballestero, quien practica una irónica autopsia judicial de Nisman. Para Rafecas al no haberse constituido la Comisión de la Verdad el Memorandum de Entendimiento no tuvo principio de ejecución. Ballestero no puede admitir este criterio porque ya opinó lo contrario al analizar su constitucionalidad. Cuando se debatió la constitucionalidad del Memorandum, dijo ahora Ballestero, ni el tribunal, ni la DAIA y la AMIA, ni el propio Nisman vieron ni “un atisbo del supuesto delito de encubrimiento que recién ahora se denunció. Ni una sola sospecha, ni un solo interrogante”. Esas cuestiones, ya estaban “presentes desde enero de 2013 en el texto del Pacto” y Nisman no las denunció.

(…)

Sobre verosímil y verdadero

Freiler coincide con Rafecas en que al no haberse introducido nunca la supuesta nueva y falaz hipótesis, no hubo principio de ejecución del alegado delito de encubrimiento y se pregunta que llevó a Nisman a presentar su denuncia en enero de este año, ya que ninguno de los elementos de juicio era novedoso. Tampoco Pollicita o Moldes aportan ningún elemento que le otorgue suficiente verosimilitud.

También recuerda que según el Código Procesal la denuncia deberá contener “la relación del hecho, con las circunstancias del lugar, tiempo y modo de ejecución” y que la Corte Suprema estableció que “no debe ser general y vaga sino contraída a los hechos denominados y especiales con expresión de las circunstancias que puedan guiar al juez”, cosa que no ocurre aquí. El fiscal une en forma antojadiza elementos de juicio irrelevantes “pero que son encadenados de forma tal que simulen demostrar la hipótesis delictiva sostenida”, de modo de “arribar a una determinada conclusión que constituye, en realidad, el propio punto de partida del denunciante. Se trata de la falacia de la afirmación del consecuente. Así, se construyen afirmaciones dogmáticas sobre la base de premisas que en modo alguno autorizan siquiera a inferir las conclusiones a las que allí se arriba”.

Freiler, que hasta 2004 fue fiscal, señala que los requerimientos y conclusiones del Ministerio Público deben formularse en forma motivada y específica, exigencias que “no se verifican en la acusación de Nisman”. También cita un fallo de 1998, en el que la misma Sala dijo que no pueden admitirse “denuncias que carezcan de razonabilidad y verosimilitud” o “fundadas en hechos puramente imaginarios o simplemente supuestos”.

Este es el punto de discrepancia con Farah, quien incurre en largas disquisiciones teóricas y citas de jurisprudencia respecto de la verosimilitud y su relación con la verdad, pero no hace el menor esfuerzo por explicar qué datos de la realidad harían verosímil la denuncia de Nisman. Farah alega que la imputación “puede experimentar modificaciones y precisiones; de allí que durante este procedimiento el objeto resulta construido y es modificable”, lo cual no es mas que un intento por justificar la excursión de pesca que sus colegas descalificaron.