Bitto García: Control de cambios y saqueo del tesoro/ Curcio: ¡Póngalo por escrito!

543

Control de cambios y saqueo del tesoro

Luis Britto García|

En Venezuela 97,5% de las divisas provienen de exportaciones del Estado.
Es ingenuo pensar que un sector privado que genera sólo 2,5% de las divisas que ingresan al país, creará la bonanza con ellas, o reingresará a Venezuela los 329.756 millones de dólares que entre 2003 y 2014 le ha transferido el sector público.
Divisa que se entrega al sector privado, divisa que éste exporta.

Por tal razón, Hugo Chávez Frías sancionó en febrero de 2003 el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, que dispone restrictivamente cuáles órganos del Estado pueden vender divisas a los particulares, para qué, a qué precio, con cuáles trámites, y las sanciones en caso de infracción.

Esta Ley evitó la fuga de 422.669 millones de dólares entre 2003 y 2014 y permitió que conservemos unos 8.756 millones de dólares en las reservas, que impiden que el “default” o quiebra del país.

Tal restricción en el otorgamiento de divisas fue siempre considerado fundamental. “Ni un dólar más para los golpistas”, precisó Chávez al sancionarla. “Si quitamos el control de cambios nos tumban”, reiteró Aristóbulo Istúriz en 2016. Al presentar el decreto que deroga dicha Ley, el presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Diosdado Cabello, advierte el 3 de agosto a los aprovechadores de divisas a tasa preferencial: “Produce, porque yo no te voy a dar dólares para que los mandes para afuera”. “Que no haya manera de entregarles dólares a esta gente, bajo ninguna figura”. “El Estado no los va a seguir alimentando, ni le va a seguir entregando dólares a las grandes familias para que hagan desastres”.

Pero la nueva Ley que deroga el “régimen cambiario y sus ilícitos” en ninguna parte establece la prohibición para el Estado de entregar divisas a los empresarios, anticipada por Chávez y reiterada por Diosdado Cabello. Simplemente despenaliza los ilícitos que se pudieran cometer en tal otorgamiento, mas no lo ilegaliza en forma clara. Elimina los tipos delictivos, pero no veta el delito mismo. Elimina penas por robo, mas no lo prohibe.

Es absolutamente indispensable que una norma expresa de la Asamblea Nacional Constituyente acoja la voluntad de Chávez y de Diosdado Cabello y legisle que el Estado por ningún concepto entregará más divisas a los empresarios, o Venezuela será víctima de un nuevo saqueo.

¡Póngalo por escrito!

Pascualina Curcio|

Con la derogatoria de la Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, los constituyentes, además de permitir que cualquier persona natural o jurídica podrán transar sus divisas libremente, decisión que nos parece acertada, también derogaron el actual régimen cambiario y todas las “disposiciones normativas en cuanto colidan con lo establecido en ese decreto constituyente”.

No existe en estos momentos ningún marco jurídico donde se establezca cómo serán administradas las divisas del patrimonio público.

Durante la sesión, el vicepresidente para el área económica dijo que “ahora las divisas del Estado serán destinadas a la inversión social”. El presidente de la plenipotenciaria ANC, refiriéndose a los particulares y a los empresarios, dijo “…que no se le entreguen más dólares a esta gente bajo ninguna figura”.

Dada la urgencia de legislar sobre la materia, la sugerencia es que aprovechen y lo pongan por escrito.Pongan en blanco y negro, sobre el papel:

Que ni una sola divisa del sector público será transferida, bajo ninguna modalidad al privado. Ni con ofertas directas, subastas, bonos permuta o monedas encriptadas.

La obligación de elaborar anualmente una ley orgánica referida a los ingresos y usos de las divisas públicas, las cuales deben ser ejecutadas, siempre por el gobierno para fortalecer la producción estatal y comunal, para desarrollar la otra economía, la del circuito socialista. Mientras que, por su parte, los capitales privados podrán traer y poner a producir las suyas.

La obligatoriedad de estrictos controles, automatizados, integrados, públicos y transparentes de la ejecución pública de las divisas.

Las sanciones que se aplicarán a los funcionarios que por complicidad o connivencia se presten a la sobrefacturación y la malversación de las divisas.

Que la cotización diaria del bolívar que “fije el libre mercado” entre particulares, regirá para cuando traigan sus capitales y también para cuando repatrien sus ganancias y calculen el valor de sus acciones. Sin lamentos que valgan.

Que toda filial transnacional está obligada a llevar su contabilidad de manera consolidada.

Al escribir la ley, no puede faltar entre los “considerando” lo que en su momento dijo Chávez: “parecemos pendejos entregándole divisas a la burguesía”.