Primero la sentencia, el juicio después

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LUIS BRITTO GARCÍA| Alicia llega al País de las Maravillas, donde se desarrolla un juicio absurdo. Dice la Loca Reina de Corazones: “El juicio después-Primero la sentencia”. “Tonterías” grita Alicia “No se puede sentenciar antes del juicio”. “Cállate”, dice la Reina volviéndose púrpura. “¡No!” dice Alicia. “¡Que le corten la cabeza!”, grita la Reina con todas sus fuerzas.

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cidhCada año en la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) se desarrolla un juicio absurdo. “Primero la sentencia- el juicio después”, dice el presidente de la Comisión. “No se puede sentenciar antes del juicio”, dice la representación de Venezuela. “Cállese”, dice el Presidente. Y esgrime un Informe donde una vez mas sentencian anticipadamente a nuestro país condenándolo a la Categoría IV , reservada para “gobiernos que no han llegado al poder mediante elecciones populares”, donde los derechos han sido suspendidos “en virtud de la imposición de medidas excepcionales, tales como el estado de emergencia, el estado de sitio, suspensión de garantías, o medidas excepcionales de seguridad, entre otras”, donde se cometen “violaciones masivas y graves de los derechos humanos”. Nada de eso ocurre en Venezuela, pero antes de comenzar la audiencia, ya la condenan. Después el juicio, primero la sentencia.
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Principio de la teoría política es que un órgano independiente legisla, otro diferente y autónomo juzga y otro distinto aplica la sentencia. Pero en el País de las Maravillas la grotesca Reina de Corazones inventa la ley, dicta sentencia antes del juicio y ordena cortar cabezas. A pesar de que sólo la Ley puede fijar tipos delictivos, los magistrados de la CIDH ellos solitos fraguan un Reglamento donde consta la Categoría IV , dictan la sentencia que incluye en ella a Venezuela y la aplican por sí mismos. A esta concentración del Poder Legislativo, Judicial y Ejecutivo la calificó Montesquieu de Tiranía. Lewis Carroll la llama desvarío de una Reina Loca dirigiendo un tribunal de naipes. Decida usted.
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Principio universal de Justicia en toda Cortes y Tribunal del Mundo es que un magistrado que se pronuncia anticipadamente sobre una materia no puede formar parte del tribunal que la decidirá, y debe inhibirse. Los magistrados que sólo empiezan el juicio a Venezuela después de condenarla, son tan desinhibidos que no se inhiben de confirmar una condena que ya dictaron. A medida que Alicia la contradice, la grotesca Reina se indigna más y más. “¡Que le corten la cabeza!”
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Pero, ¿Quiénes son estos magistrados que sentencian antes de enjuiciar y condenan antes de abrir el proceso? ¿Resulta aceptable que sus decisiones sistemáticamente favorezcan a Estados Unidos, quien paga el 94% de sus sueldos? ¿No es sospechoso que diluvien condenas contra todos los gobiernos que se desvían de las órdenes de Estados Unidos? ¿Por qué no tocan a Estados Unidos ni con el pétalo de una rosa? ¿Se puede tolerar que en directa violación de la Convención Americana de los Derechos Humanos, acepten denuncias que todavía no han sido decididas por las autoridades nacionales, y pretendan vetar las leyes que éstas dictan en ejercicio de su soberanía? ¿A santo de qué los magistrados de la CIDH , que no acceden a su cargo por concurso ni gozan de estabilidad, critican a países donde uno que otro juez se les parece?
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Pasemos de la técnica jurídica a la farsa gruesa. Los magistrados de la CIDH condenan países en virtud de normas inventadas por ellos mismos que rezan: “ese criterio incluye, por ejemplo (…)”, o aplican supuestos de hecho indefinidos, como “entre ellos”. No sólo fabrican normas que ellos mismos aplican en violación del principio de Separación de los Poderes, las redactan tan imprecisas, vagas, difusas, alusivas y alegóricas, que les permiten, “por ejemplo”, condenar a los países que no se pliegan a Estados Unidos, “entre ellos”, ustedes saben cuáles.
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Dicho lo cual, a nadie extrañará que en los 308 párrafos de su Informe 2013 contra Venezuela, en 87 instancias la CIDH sólo alega como pruebas sus propias afirmaciones; en 135 se funda exclusivamente en recortes de prensa; en 158 casos se fundamenta apenas en aseveraciones de ONGs pagadas contra nuestro país y en la mayoría de las denuncias no constan los datos indispensables para que se las admita, ni se ha pronunciado la jurisdicción interna. En total ¡Hay más infracciones que párrafos! Así cualquiera juzga, pero es a sí mismo a quien condena.