El fraude ideológico del dólar y el costo de reposición

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José Gregorio Piña|

Como en todo comienzo de año, pero especialmente de los últimos, en nuestro país arrancan las olimpiadas del tipo de cambio. Esta consiste, poco más o menos, en una fuerte puja especulativa por parte de los grupos interesados en multiplicar sus ganancias a costilla de la manipulación del valor de la moneda. Especulación no solo comercial ni monetaria sino también ideológica, labor para la cual son convocados a los medios los espadachines ideológicos que bajo el disfraz de “expertos económicos” actúan sirviendo a los señores y las señoras del dinero. Su propósito: convencer a propios y extraños, al ciudadano de a pie y al tomador de decisiones, de que sus argumentos falaces e interesados son válidos y convenientes.

Uno de estos argumentos es el de la validación y blanqueo del valor de la divisa en el mercado negro mediante el artilugio contable de los costos de reposición, práctica que no solo se convierte en el principal combustible de la especulación de precio en bienes y servicios, sino además en una vía para devaluar ilegalmente la moneda nacional. A este fraude “académico” sale al paso José Gregorio Piña, con la rigurosidad analítica y la claridad expositiva que le caracteriza.

En relación con este asunto, desde hace décadas los y las economistas consagrados y consagradas a tratar de justificar “académicamente” los intereses meramente dinerarios y hasta los delitos, han acuñado uno de los tal vez más burdos argumentos, pero que extrañamente es considerado muy “técnico” y es repetido por pendejos y pendejas de todo pelaje, incluidos e incluidas muchos y muchas de izquierda.

Ubiquémonos en el caso en que una persona dedicada a la importación de algún tipo de bien recibe divisas pertenecientes a toda la sociedad, a través del Estado, a un tipo de cambio preferencial para que pueda importar dicho bien.

En tal eventualidad, el manido argumento de la derecha sostiene que está “económicamente” justificado que esa persona establezca el precio de venta del bien que ha importado, no con base en el precio preferencial de la divisa que le fue otorgada (no vendida) para la adquisición del bien importado, sino que ese precio de venta lo establezca con base en el supuesto valor de la divisa en el mercado ilegal, decenas de veces mayor.

Tal aberración, dogmatizan los sesudos analistas, se sostiene en lo que llaman pomposamente el “costo de reposición”. A tal efecto alegan que la persona que importó el bien, aunque lo hizo a un costo muy bajo, por el precio preferencial al que le fueron otorgadas las divisas, tiene la expectativa (palabreja muy abusada por los tecnócratas) de que no volverá a recibir de nuevo las divisas a ese precio preferencial, por lo que debe vender necesariamente al precio basado en el mercado ilegal de divisas, para poder disponer de suficientes bolívares y reponer el bien vendido con una nueva importación.

El relativo buen éxito del pueril argumento, que aparenta ser muy lógico y hasta sofisticado, como todo sofisma se basa en que oculta graves errores de razonamiento que al parecer nadie percibe, ni siquiera quienes lo emiten, y por lo tanto nadie señala la falencia conceptual del mismo.

La trampa intelectual está en el escaso manejo de conceptos contables básicos. En efecto, deberemos desglosar paso a paso, con un sencillo ejemplo numérico, el esquema contable que permite desvelar la torpeza del argumento arriba descrito:

• Supongamos que la persona dedicada a la importación dispone de diez millones de bolívares (Bs. 10.000.000) para dicha actividad.

• Asumamos que quiere importar una determinada cantidad de bienes, cuyo valor unitario es de US$ cien (US$ 100) para la mercancía puesta en sus manos en Venezuela (Costo CIF; o Costo, Seguro y Flete, por las siglas en inglés).

• Supongamos que a esa persona le son otorgados a través del Estado los US$ a un tipo de cambio (costo de la divisa) de Bs. diez por cada US$.

• En tal caso, quien recibe las divisas a ese costo podrá importar diez mil (10.000) unidades del bien de que se trate, ya que dispone de Bs. 10 millones, y en bolívares cada unidad del bien le costará mil bolívares, es decir, los US$ cien multiplicados por diez (100 x 10).

• Para simplificar, asumamos costos adicionales en Venezuela, por Bs. dos millones.

• Entonces, el costo unitario total del bien será de Bs. 1.200.

• Si el margen de ganancia o utilidad buscada fuere del 30%; el precio de venta unitario debería ser de Bs. 1.560; acorde con el precio preferencial de las divisas que fueron otorgadas para esa importación.

• En ese caso, la utilidad o ganancia unitaria sería de Bs. 360, y la ganancia total por la importación y venta serían Bs. tres millones seiscientos mil (Bs. 3.600.000).

• Nótese que el ingreso bruto en ventas sería de Bs. quince millones seiscientos mil (Bs. 15.600.000).

• Descontando la ganancia total, quedarían Bs. 12 millones, suficientes tanto para reponer los costos locales como el eventual costo de una nueva importación del mismo bien en la misma cantidad; al mismo tipo de cambio preferencial.

En este punto es donde los “sesudos” y las “sesudas” economistas saltarán y dirán: “Pero la persona importadora no espera volver a recibir la misma cantidad de US$ al mismo tipo de cambio (precio) preferencial”, por lo que debe vender al tipo de cambio del mercado ilegal, supongamos Bs. 2 mil por cada US$.

Repitamos sucintamente el proceso previo, bajo este último supuesto:

• Las diez mil unidades del bien importado serán vendidas asumiendo falsamente, primera trampa, que su costo unitario de importación fue de Bs. doscientos mil (Bs. 200.000).

• Lo anterior presupone una falsa cifra (segunda trampa, derivada de la primera) de que el costo total de importación fue la fabulosa cifra (obviamente irreal) de Bs. dos mil millones (Bs. 2.000.000.000).

• Agregamos los otros costos adicionales en Venezuela, por Bs. dos millones.

• El pretendido costo unitario sería Bs. 200.200.

• Con el mismo margen de ganancia del 30 %, el precio de venta unitario falsamente es asumido por Bs. doscientos sesenta mil doscientos sesenta (Bs. 260.260).

• En ese caso, la utilidad o ganancia unitaria sería de Bs. 259.060, ya que el costo total verdadero fue de solo Bs. 1.200; y la ganancia total por la importación y venta sería la astronómica cantidad de  Bs. dos mil quinientos noventa millones seiscientos mil bolívares (Bs. 2.590.600.000).

• En este caso el ingreso bruto en ventas sería de Bs. dos mil seiscientos dos millones seiscientos mil (Bs. 2.602.600.000). Pero, el tramposo argumento del “costo de reposición” presupone que se deben apartar de la ganancia los bolívares suficientes para volver a comprar (reponer) la misma cantidad de bienes (10 mil) a US$ 100 cada uno, pero con US$ a adquirir al tipo de cambio de Bs. 2.000 por cada US$.

• Dicha cantidad para “costo de reposición” sería entonces Bs. dos mil millones (Bs. 2.000.000.000); lo cual aún deja un remanente de Bs. seiscientos dos millones seiscientos mil (Bs. 602.600.000).

Aquí debemos resaltar el resto de las trampas lógico-matemáticas del sofisma bajo análisis:

• De entrada, la manipulación explicada en el segundo ejemplo, deja a la persona importadora, apartando el supuesto costo de reposición, una utilidad más de 166 veces superior al del caso inicial.

• No es obligado que la persona importadora lleve a cabo la nueva importación, pudiendo simplemente quedarse con la cifra total obtenida de más de Bs. 2.602 millones; lo que evidencia que también ese monto es ganancia para esa persona.

• Suponiendo que realice la nueva importación, efectivamente al tipo de cambio del mercado ilegal, en este ejemplo de Bs. 2.000 por US$, simplemente repetirá el ciclo, y efectivamente obtendrá la ganancia total de más de Bs. 2.602 millones, incluyendo nuevos Bs. 602.600.000 netos de un eventual nuevo costo de reposición.

• Con base en el punto anterior, llegamos a la trampa mayor de todo el argumento: Debe notarse que con el valor de la divisa en el mercado ilegal, supuesto valor “real” de la divisa, la persona importadora solo tenía una capacidad inicial para importar 50 unidades de bien; es decir, 50 por US$ 100, son US$ 5.000; que a Bs. 2.000 por cada US$, suman los Bs. 10 millones de que disponía la persona importadora para la operación en US$.

• Es la ventaja de haber sido beneficiaria de la asignación de divisas al precio preferencial, lo que posibilita que la persona importadora pueda traer al país una cantidad doscientas (200) veces mayor del bien importado de lo que eran sus posibilidades reales.

• Siguiendo la argumentación de la derecha que ese valor preferencial de la divisa asignada por el Estado es irreal, indebido y debería ser suprimido, la persona importadora no debió obtenerlo, y atenerse a su posibilidad real de “mercado”; es decir, atenerse a que solo podía importar 50 unidades del bien.

• Entonces, volviendo al ejemplo inicial, con precio de venta acorde al privilegio obtenido con el tipo de cambio preferencial, la persona importadora, realizada su ganancia, queda con el monto de Bs. 10 millones, es decir, el costo de reposición real acorde con sus posibilidades financieras de mercado. Esto es, podrá reponer las mismas 50 unidades del bien que era su capacidad importadora.

• Así, podrá reponer lo que le correspondía según sus posibilidades iniciales, por lo que la importación de mayor cantidad de unidades y su venta a precios preferenciales se considera un servicio encomendado y remunerado a la persona importadora, para beneficio de mayor cantidad de necesidades de la población.

• La trampa de comprar al tipo de cambio preferencial y vender al tipo de cambio ilegal, permite a la persona importadora obtener ilegítimamente ganancias netas iniciales muchísimo mayores, y poder eventualmente reponer una cantidad de unidades importadas por encima de sus posibilidades, inclusive al tipo de cambio del mercado ilegal, multiplicando artificialmente su riqueza inicial, a costa de encarecer enormemente el costo de vida de todos y todas dentro del país.