EL 10 de enero y el burócrata de la CIA
JAVIER BIARDEAU R.| El 10 de enero, decían, se develarían todos los misterios y secretos del totalitarismo chavista-bolivariano. Y así fue. La mediática internacional y la comunidad de juristas calificados del mundo ha declarado consumado, lo que el burócrata de la CIA Max Locke Smith ha llamado el mayor atentado contra el “Estado de derecha”, perdón, “de derecho” de la historia de la humanidad: Chávez no se ha juramentado y sigue siendo Presidente re-electo. ¿Cómo? Por fuerza de las levaduras mitico-religiosas y oígase bién, del “culto a Bolívar”.
Más en serio, en artículo publicado el 26 de diciembre del año 2012 planteabamos algunas interpretaciones que luego se han venido constatando en las último días, así como otras tesis correspondientes a posicionamientos para la lucha en medio de los acontecimientos y la fluidez de las situaciones políticas:
1) Las intrigas sobre la sucesíón de Chávez y el presunto conflicto Maduro-Cabello son parte de la agenda de la derecha;
2) En Venezuela, luego del mensaje del 8 de diciembre del Presidente Chávez, se ha reactivado desde el campo opositor una operación de transición post-chavista o post-bolivariana (El agente Max ha creado un Plan infalible);
3) En el horizonte imaginario de los adversarios de la revolución bolivariana reaparece la tesis del “vacio de poder”, junto a nuevas acciones y operaciones de desestabilización, vía activación de “plan de movilización y protesta” que intentará desplegarse a escala nacional a partir del 23 de enero;
4) La oposición tutelada por factores de Washington, trata de seducir al “chavismo sin Chávez”, intentando forzar deserciones y tensiones bajo el formato de la negociación post-chavista de la revolución (“Hi everyone, Siria”);
5) Por otra parte, la unidad ideológico-política de la revolución bolivariana descansa en una clara identificación programática que exprese la unidad de acción y de concepción de las fuerzas nacional-populares de izquierda;
6) “Mandar obedeciendo al pueblo” es clave para avanzar en la construcción de un efectivo poder popular;
7) La “unidad patriótica” es objetivo superior y fundamento de la “unidad cívico-militar”, de la “unidad de gobierno” y de la “unidad de las fuerzas populares y revolucionarias” bajo el claro lineamiento de “unidad, lucha, batalla y victoria”;
8) A la consigna “unidad, lucha, batalla y victoria”, le corresponde una clara unidad de mando y conducción estratégica, así como flexibilidad táctica para aventajar a adversarios y oponentes.
9) En el aspecto programático, la profundización de la hegemonía popular-democrática implica deslastrarse de dos caminos errados: a) El “reformismo-desarrollismo” de ciertas agendas “oficialistas” que no trasciendan la defensa del “Capitalismo de Estado”; b) El “radicalismo socialista revolucionario” que plantee una agenda vanguardista, correpondiente al espíritu de aventura de micro-fracciones doctrinarias o ultra-izquierdistas; es decir, a la arrogancia de “verdades monolíticas” o a “acciones temerarias” que pueden ser funcionales a los objetivos de desestabilización de la derecha;
10) Chávez no ha elaborado ningún “testamento político” el 8 de diciembre de 2012, sólo ha dejado claramente establecidos “cursos de acción” para los peores escenarios, ante su plan de recuperación post-operatoria;
11) Es preciso defender inquebrantablemente, en medio de la crítica necesaria en el campo revolucionario, la imagen y liderazgo de Nicolas Maduro, elegido por Chávez directamente como su mejor sucesor político, reconociendo además la existencia de diferencias, corrientes y una diversidad de fuerzas de izquierda en la revolución bolivariana;
12) Es preciso evitar repetir los errores de la izquierda monolítica venezolana marcada históricamente por severas debilidades: sectarismos, doctrinarismos, caudillismos, fraccionalismos, oportunismos, aventuras temerarias y actitud refractaria hacia las aspiraciones y demandas reivindicativas de las clases populares y subalternas;
13) Es preciso impedir que se borre o se distorsione la matriz ideológico-política del mensaje de Chávez del día 8 de diciembre de 2012, en manos de los dispositivos massmediáticos y los actores políticos de oposición.
14) Finalmente, los sesgos ideológico-mediáticos sobre el articulo 231, y sobre la decisión del TSJ, son en el mejor de los casos expresión del “derecho a pataleo” (por cierto, expresión de la vibrante democracia de opinión que se experimenta en el país) de actores sociales y políticos de oposición (derrotados tácticamente); y en el peor, el efecto-polvareda de las operaciones destinadas a crear confusión y zozobra por parte de fuerzas de la oposición (El Plan del burócrata Mr. Max).
Luego de lo sucedido en los días 8 (AN), 9 (TSJ) y 10 de enero (Concentración de apoyo nacional e internacional a Chávez) deberían quedar claro los siguientes acontecimientos (Lee Mr Max):
1) Chávez ganó el 7 de octubre con una ventaja incuestionable, lo cual desmonta la tesis de que “el país está dividido en dos partes iguales”, pues el hecho incuestionable es que la oposición es electoralmente expresión de una minoría y la revolución bolivariana es expresión mayoritaria de la voluntad popular. ¡NO es sólo cuestión de semantica!
2) Chávez ha sido proclamado por el CNE el día 10 de octubre del año 2012 como Presidente re-electo de la República para el ejercicio de gobierno 2013-2019; es decir, por un Poder Público del Estado Venezolano (http://www.youtube.com/watch?v=Udjsk77-ZwI (este hecho muestra claramente un hecho que ha sido omitido sistemáticamente en la mediática opositora).
3) Chávez no está inhabilitado ni mental ni físicamente de manera permanente para el ejercicio del cargo (de acuerdo a la información disponible y publicada); por tanto, no hay justificación alguna para manipular lo relativo a los seis supuestos referidos a la “falta absoluta” para ejercer el cargo de presidente 2013-2019.
4) Chávez fue autorizado con voto unánime de “mayorias y minorías parlamentarias” en la AN, para realizarse una nueva cirugía, con todo los riesgos de esta delicada intervención; así como para recuperar su situación de salud como derecho humano fundamental. Sólo la carroña política y mediática, proyecta abierta o implícitamente un “Chávez desahuciado” o que “Chávez muera”.
5) Chávez cuenta con un gabinete ejecutivo en pleno ejercicio de sus funciones. Desde el momento de su proclamación ante el CNE, Chávez no expresó voluntad alguna por modificar sus composición (con la excepción de aquellos funcionarios que optarian por competir en las elecciones a gobernaciones), lo cuál traduce de hecho una ratificación para continuar en sus funciones.
6) Por tanto, más allá de la sentencia del TSJ que ha salvaguardado la continuidad administrativa, valores superiores como el derecho a la salud del Presidente o la estabilidad política, Nicolas Maduro aparece como Vicepresidente ejecutivo ratificado, aún mas, luego del anuncio de Chávez el día 8 de diciembre.
7) El argumento de la oposición de la imposibilidad de nombrar gabinete antes de su juramentación ha sido históricamente invalidado. En el año 2007, por ejemplo, Chávez nombró su gabinete como Presidente reelecto el día 8 de enero de 2007 (antes del 10 de enero); es decir, antes de tomar juramento ante la AN, tal como puede evidenciarse en la siguiente Gaceta Oficial ( ).
8) De manera que los principales argumentos y líneas discursivas de la oposición, se amarran a un guión que bajo la pretendida defensa de la “Constitucionalidad” (en clave de interpretación fragmentada, con extrapolaciones analógicas inconsistentes o basadas en sesgos de confirmación de sus prejuicios), intentan desconocer de hecho los Poderes Públicos legitimamente constituidos del Estado venezolano, afectando la estabilidad, legitimidad y su funcionamiento; intentando generar una “Crisis de Gobierno” (el aleteo de la mariposa de Mr. Max), para luego desconocer la voluntad popular que ha re-electo a Chavéz, y que ha respaldado el programa “Independencia y Patria Socialista”, mayoría reforzada luego de los resultados de las elecciones a gobernadores el 16 de diciembre, donde 20 gobernaciones de 23 disputadas quedaron en manos de la revolución bolivariana.
9) Finalmente, se perfilen claramente planes de acción orientados a proyectar la imagen de Venezuela “sin gobierno”, donde “se ha cometido un fraude constitucional” luego del 10 de enero, todo esto en la dirección del desconocimiento de la revolución bolivariana como “mayoría política incuestionable”, así como acciones de alteración de orden constitucional bajo la imposición mediática de un sinnúmero de “sobrecodificaciones aberrantes”, marcadas por sedimentaciones de la letra de la Constitución de 1961 (los espíritus de la IV República); o por quienes fungen como portadores exclusivos de la “interpretación histórica constituyente”, aportando su grano de arena al desconocimiento a la voluntad popular y la existencia de los diferentes Poderes Públicos del Estado Venezolano.
Lo que pareciera mostrar este último punto, en su relación con las opiniones sobre las imperfecciones del artículo 231, es que algunas posturas se mueven en el horizonte pre-interpretativo de las normas constitucionales como si fuesen “claúsulas pétreas”. Allí es posible constatar una interpretación del Constitucionalismo de carácter conservador, cuando no reaccionario. (¡Happy Constitution, Mr Max!)
La imposibilidad de abordar “casos” que no están estrictamente regulados por el sistema de normas del ordenamiento constitucional, o el uso abusivo del recurso de la interpretación analógica para legitimar la intencionalidad política de declarar la “falta absoluta” o “temporal”, siempre en la dirección de colocar a el Presidente de la AN en el cargo de la Presidencia de la República, implica una suerte de sublimación jurídica de la técnica del “golpe de estado” (Curzio Malaparte), pues el único curso de acción que conduce a esta decisión dentro del marco constitucional de 1999 es convalidar la tesis de la “falta absoluta”.
De manera que es preciso cuestionar aquellas matrices de opinión que señalan que la interpretación del artículo 231 hecha por el TSJ, y su integración normativa al “bloque de la constitucionalidad”, constituyen pruebas de la falta de independencia de los poderes públicos y del debilitamiento institucional del país.
Al contrario, la sentencia ratifica el principio de división de poderes, conjuntamente con lo establecido en el artículo 136: “Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.”; entre estos fines fundamentales: “el ejercicio democrático de la voluntad popular” (artículo 3), tal como evidencia el resultado establecido el 7 de octubre de 2012.
De la misma manera, hay que cuestionar la tesis que afirma que el gobierno bolivariano cuenta sólo con una legitimidad de origen, pero que carece de legitimidad de ejercicio o desempeño ( ¡Oh, de nuevo, Mr Max¡); pues esta tesis apunta a señalar que en Venezuela no existe respeto de la ley, ni reconocimiento de las instituciones públicas ni del derecho de las minorías políticas; y efectivamente aún reconociendo fallas en el ejercicio de gobierno, esto no puede confundirse con una crisis de legitimidad del desempeño de las instituciones del Estado.
Además, la sentencia de Sala Constitucional del TSJ en ponencia conjunta de la totalidad de magistrados de la sala es clara cuando señala, por ejemplo, que la juramentación no es un requisito puramente formal o prescindible, sino un requisito necesaria para el ejercicio del cargo.
De manera que lo que ha ratificado la sentencia es lo contenido en el artículo 231 como posibilidad interpretativa: es posible juramentarse ante el TSJ mientras no se activen alguno de los seis supuestos que permitan declarar la “falta absoluta”, así como tampoco es posible hablar de “falta temporal” y derivar de allí un curso de acción que coloque en el cargo al Presidente de la AN, mientras la situación del Presidente este siendo regulada por el permiso concedido por unanimidad de sus mienbrois en la AN.
En el mundo se reconoce que la mayor fortaleza de la revolución bolivariana es el hecho de que las mayoría sociales del país, tradicionalmente excluidas, se sienten incluidas, tomadas en cuenta, visibilizadas, reconocidas y consideran al gobierno bolivariano como suyo. Y este hecho queda patentemente expresado en cada uno de los eventos electorales donde se ha disputado la Presidencia de la República, aún reconociendo las fallas y debilidades de sus políticas o gestiones en determinados áreas o niveles de gobierno.
La “identificación apasionada” con la figura de Chávez es a pesar de las opiniones opositoras, la mayor fortaleza del Gobierno. Esto tiende a confundirse con el caudillismo y con el mesianismo, cuando constituye en estricto sentido un atributo del “liderazgo carismático”. Dentro de las elaboraciones de la teoría crítica es conveniente desarrollar las fortalezas y debilidades de los fenomenos descritos como “cesarismos progresivos” (Gramsci) en la historia de los “nacionalismos populares de izquierda”.
Lo que aglutina el proyecto chavista es un proyecto histórico de transformación revolucionaria para la justicia social y la profundización de la democracia participativa, así como su encarnación en la figura carismática de Chávez, sobre el cual se vienen tejiendo especulaciones interesadas sobre la evolución de su cuadro clínico o su salud, así como diferentes hipótesis sobre el devenir de la revolución bolivariana sin la presencia física de su conductor fundamental en el cargo de Presidente de la República. En este último aspecto hacen énfasis las interpretaciones sobre la transición post-Chávez, post-chavista o post-bolivariana (se frota las manos Mr. Max).
Es clara además que la mayor debilidad de las fuerzas opositoras es su carencia de propuestas atractivas, concretas y creíbles, que apunten a superar las causas y condiciones que generan y refuerzan los procesos de desigualdad y exclusión social, en su defensa abierta del capitalismo en sus variantes neoliberales radicales o moderadas. Este hecho muestra la crisis orgánica de los proyectos sociales reformistas en el capitalismo histórico: la socialdemocracia y el socialcristianismo, vaciados de sus propuestas reformistas por las concepciones y políticas de la hegemonía financiera global y por su orientación dominante de apuntalar la “acumulación por desposesión”.
Así mismo, el dogma liberal de la “separación de poderes” ( como lo denomino Löwenstein) pretende identificarse con la concepción de la democracia como radical distribución del poder. Esta confusión deliberada es parte de las estratagemas de legitimación de la democracia liberal-representativa como único modelo normativo de la democracia.
Pero, el Estado social y democrático de derecho y de justicia no se reduce exclusivamente a las interpretaciones liberales del Estado de derecho, pues implica restituir la soberanía al pueblo, quien puede ejercerla no sólo por mecanismos indirectos sino por mecanismos directos. Justamente, allí reposa una limitación conceptual e ideológica de la oposición ( y de Mr. Max) que se niega a reconocer que uno de los fines del Estado democratico y social es la profundización de la democracia política y la construcción efectiva de una sociedad justa. Para la agenda neoliberal, una sociedad justa y radicalmente democrática es parte de la agenda de los “enemigos de la libertad”.
A corto plazo, parece probable la continuidad y profundización democrática de la revolución bolivariana, incluso bajo la hipótesis de que sea Nicolás Maduro quien ocupe el cargo de Presidente o quien compita electoralmente por el mismo. Sin duda, la situación política-existencial de Chávez condicionará los marcos y circunstancias concretas de esta posible evolución del sistema de conducción de la revolución bolivariana, más aún si Chávez aparece como orientador político del proceso de transición dentro de la revolución bolivariana y fortaleciendo su “viabilidad histórica”.
De manera que, entre las líneas de ataque de la oposición, tanto nacional como internacionalmente, reforzará los ataques al frente económico de las políticas en que el Gobierno bolivariano sustenta su simpatía y apoyo popular, sumada a incrementar y agudizar tensiones en el seno del chavismo, especialmente en la FANB, para gener serias inestabilidades internas. De esta manera, la concentración de esfuerzos se dirigirá a quebrantar la unidad patriótica (Mr. Max le repite a los opositores el guión como letanía).
Desde el punto de vista ideológico, se intensificará la campaña para desacreditar el “socialismo del siglo XXI”, así como cualquier vía nacionalista de inclusión popular (“populismo autoritario” o “demagogía justiciera”) que desafie la hegemonía del enmohecido concepto de “imperialismo estadounidense”.
Diversos actores sociales, políticos y mediáticos serán “antenas repetidoras” (Radio Libertad) del discurso de la “agenda de libertades” y del “modelo de democracia tutelada” por el Departamento de Estado norteamericano. Diversas Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones, Asociaciones, Intelectuales, Grupos de opinión, Circulos académicos, Jerárcas de la iglesia católica, Anclas mediáticas; es decir, un complejo conjunto de dispositivos de poder de la “sociedad civil burguesa” y de sus “grupos auxiliares”, en el estricto sentido dado por este término en la obra de Gramsci, se alinearán (como en los años 2001 y 2002) a la agenda de transición post-chavista como espacio de lucha hegemónica anti-bolivariana.
Bajo el lema “Venezuela debe volver a la ruta de la Constitución”, los presupuestos ideológicos y conceptuales de estos actores sociales hacen patéticamente evidente los “marcos de sentido” desde donde se está elaborando la interpretación o el análisis de la situación (las autoreferencias del Happy Constitution de Mr. Max). Sobremanera por la dificultad de darle coherencia, desde sus marcos de sentido, a la decisión de la Sala Constitucional que consideró simultáneamente la tesis de la “continuidad administrativa” y declaró necesario, aunque postergable, el acto de juramentación del Presidente re-electo ante el TSJ.
La derecha busca “opiniones calificadas” en voces de juristas que se cocinan en su propia salsa ideológica: nociones, conceptos y categorias de corte conservador o reaccionario en la interpretación constitucional; desconociendo además las competencias, atribuciones y facultades del TSJ como máximo interprete de la Constitución. De esta perplejidad, los actores opositores pasan a configurar los peores escenarios para el país.
De la misma manera, intentan desacreditar la línea política de restitución de la soberanía al pueblo y del ejercicio participativo y protagónico del poder comunal y del poder popular. El Fantasma del “Estado Comunal” es azuzado bajo una retórica similar a los embates oscurantistas contra el “Co-mu-nismo” al estilo de viejos y nuevos circulos neo-conservadores y neo-liberales. La opción es clara para estos sectores de derecha: entre la idea democrática de distribución del poder hacia su ejercicio protagónico y participativo por las clases populares y subalternas; o la defensa doctrinaria del Estado Liberal de derecho y sus dogmas constitucionales, lo que muestra una ignorancia profunda sobre la evolución del constitucionalismo social en el siglo XX.
Así mismo, dentro de sectores de derecha opositora, se intenta horadar el respaldo popular y apasionado a la figura carismática de Chávez, quién comienza a formar parte de una crítica a los fenómenos asociados a la llamada “aura mítico-religiosa” de su liderazgo (Mr. Max rumora: ¡Oh, Shit!).
Lo paradójico de esta situación es que los supuestos intelectuales secularizados parecieran hacer causa común con una defensa (esta sí legitima) del monopolio de la administración del “aura mítico-religiosa” por parte de la jerarquía católica. Allí los dogmas de la fe quedan incólumes.
Ante la insuficiencia de recursos conceptuales, los intelectuales bien-pensantes de la izquierda liberal cuestionan la presencia del mito político en su adversario de turno, impidiendo dar cuenta de lo mitico en el propio esfuerzo de secularización modernizante. Y para colmó, quienes crítican la “liturgía religiosa”, exigen casi con histeria el cumplimiento de la “liturgía parlamentaria”, para reconocer (ahora si) que efectivamente Chávez es Presidente, desconociendo su proclamación por parte del CNE el 10 de octubre de 2012.
De manera que también existen en el terreno de los funcionarios del consenso ideológico de la derecha, algunas voces transfugas que terminan abjurando de sus posiciones anteriores ante la calificación del Golpe de Estado a los sucesos del 11 de abril, calificándolos ahora como “mito político” (“El 11 de abril fue un mito político”), como ficción retoríca de legitimación de la revolución bolivariana. Como si las llamadas tipologías weberianas sobre las formas de de dominación fuesen recursos heurísticos para una comprensión liberal-evolutiva de la historia del progreso político, se suponen que los liderazgos carismáticos rompen los hilos de continuidad del progreso del derecho racional.
Esta visión secularizante-moderna, aún concibe los grandes relatos del eurocentrismo como organizadores supremos del decurso del tiempo histórico, enfrentándose al desquiciamiento conceptual ante una democracia con liderazgo plebiscitario (Mr Max dice: ¿Say what?). Mala comprensión de las categorias y conceptos weberianos.
Y por si fuese poco, mala comprensión de las sociedades abigarradas en Nuestra América, donde los conceptos evolucionistas de premodernidad/modernidad, de mito/logos, de fuerza/derecho encubren más que develan la problemática del ejercicio del poder en todas sus expresiones. Al contraponer “voluntad popular” al “Estado de Derecho” (en términos caletréramente liberales), algunas voces intelectuales reproducen la operación ideológica de descalificación de avances en los procesos de democratización política, social y cultural, confrontándo stos procesos con una visión formalista-positivista de la Ley. Surgen allí los más curiosos silogismos: “ (…) para que haya democracia debe haber voluntad popular y Estado de Derecho, no basta con la voluntad popular”; es decir, hay que socializar a la plebe a profundidad con el sistema de valores de la “Democracia liberal-representativa”, suponiendo (en una clara muestra del síntoma en política), que sin Estado de Derecho Liberal, la “voluntad popular” está al desnudo.
Excelente metáfora, pues son los cuerpos populares al desnudo los que hablan y producen “otra política”, “otra liturgía si prefieren”, sin requerir para su eficacia de las operaciones simbólica que la derecha califica como “investiduras”. De manera que lo que ocurrió el 10 de enero, en nombre de la voluntad popular (Mr. Max, confundido cita a Toqueville y a Arendt para escupir tabaco sobre la Revolución Francesa: ¡Oh, soon of a bitch, jacobins!), formaría parte de lo que Briceño Guerrero ha denominado con mejor acierto que Mr Max “fragmento de un discurso salvaje”.
Un claro desafío a las razones del “pensamiento segundo europeo” y al “discurso colonial” que pervive en los imaginarios mantuanos y señoriales del este de Caracas. Un desafio, ciertamente, a los marcos de sentido de los intelectuales orgánicos de la modernización refleja capitalista y democratico-liberal, como a los “pastores de rebaños” que administran a sus anchas la “voz del pueblo” como la voz de un “Dios domesticado por una burocracia eclesiástica y sus franquicias”.
Lo cierto es que el 10 de enero se expuso un profundo desafio a un tipo de hegemonía simbólico-cultural propia de las clases dominantes, una suerte de patada salvaje a la “probidad” de unos particulares ideales de la “gente decente del país”, que tratan por todos los medios de ser restituidos como los ideales de todos los venezolanos y venezolanas: ¡Plebe, agachad la cerviz ante la voz de los leguleyos positivistas!.
Ciertamente son excentricidades, si la norma es el modelo liberal-democrático reciclado en la pos-democracia de los grandes Otros euro-nortemericanos. Si allá está la Ley, aquí lo que hay es “bochinche, puro bochinche” (Mr. Max pregunta si hay una adecuada traducción para enviarle informe directo a Obama) una “democracia asamblearia” que amenaza la “libertad de los modernos”: “que no descansa en el individuo sino en el colectivo”.
Como ha dicho alguien, es conocido que el abrazar las causas de derecha, hasta recaer ya sin solución de retorno, hacia el fascismo de buenos modales pentagonistas, embrutece a las personas, y eso parece ser lo que ocurre con la oposicion en su reciente interpretacion de los artículos de nuestra constitucion sobre la posesion del cargo de Presidente por parte de Chávez.
Pero el acontecimiento político es que todo esto ha colocado de modo desnudo a los prejuicios de clase y casta que todavía habitan en las voces, cuerpos e imaginarios de ciertos grupos, sectores bloques sociales dominantes del país. Ciertamenete, algún día descubriremos en algunas novelas de ficción política cómo toda esta polvareda sobre el artículo 231 que movilizó a centenares de abogados constitucionalistas que tiene la oposición (eran legión) no se le ocurrió sino al Plan de un burócrata de la CIA.
Tal vez este caiga largo y tendido cuando releea la decisión del TSJ:
I.
(i) Hasta la presente fecha, el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías se ha ausentado del territorio nacional, por razones de salud, durante lapsos superiores a “cinco días consecutivos”, con la autorización de la Asamblea Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 235 de la Constitución, la última de las cuales se encuentra plenamente vigente y fue ratificada en sesión de la Asamblea Nacional de fecha 8 de enero de 2013.
(ii) No debe considerarse que la ausencia del territorio de la República configure automáticamente una falta temporal en los términos del artículo 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin que así lo dispusiere expresamente el Jefe de Estado mediante decreto especialmente redactado para tal fin.
(iii) A diferencia de lo que disponían los artículos 186 y 187 de la Constitución de 1961, que ordenaban que en caso de existir un desfase entre el inicio del período constitucional y la toma de posesión, el Presidente saliente debía entregar el mandato al Presidente del Congreso y procederse “como si se tratara de una falta absoluta”; la Carta de 1999 eliminó expresamente tal previsión, lo cual impide que el término del mandato pueda ser considerado una falta absoluta (que, por otra parte, tampoco está contemplada en el artículo 233 constitucional como causal y sería absurdo en el caso de un Presidente reelecto y proclamado).
(iv) A pesar de que el 10 de enero próximo se inicia un nuevo período constitucional, no es necesaria una nueva toma de posesión en relación al Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, en su condición de Presidente reelecto, en virtud de no existir interrupción en el ejercicio del cargo.
(v) La juramentación del Presidente reelecto puede ser efectuada en una oportunidad posterior al 10 de enero de 2013 ante el Tribunal Supremo de Justicia, de no poder realizarse dicho día ante la Asamblea Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 231 de la Carta Magna. Dicho acto será fijado por el Tribunal Supremo de Justicia, una vez que exista constancia del cese de los motivos sobrevenidos que hayan impedido la juramentación.
(vi) En atención al principio de continuidad de los Poderes Públicos y al de preservación de la voluntad popular, no es admisible que ante la existencia de un desfase cronológico entre el inicio del período constitucional y la juramentación de un Presidente reelecto, se considere (sin que el texto fundamental así lo paute) que el gobierno queda ipso facto inexistente. En consecuencia, el Poder Ejecutivo (constituido por el Presidente, el Vicepresidente, los Ministros y demás órganos y funcionarios de la Administración) seguirá ejerciendo cabalmente sus funciones con fundamento en el principio de la continuidad administrativa.
Para que quede claro, el burocráta de la CIA, Mr Max Locke Smith sigue atado a lo que Bartolomé Clavero llama su “Happy Constitution”. Obviamente, Mr. Max esta triste: ¡En Venezuela, dicen, Yo soy Chávez!