Una mejor protección de los trabajadores a domicilio, preocupación de la OIT
Eduardo Camin|
El aumento sustancial del trabajo a domicilio a raíz de la pandemia de Covid 19 ha puesto de manifiesto las deficientes condiciones laborales de muchos de estos trabajadores. Al analizar el alcance de algunas prácticas sociales que, en múltiples aspectos de la vida, parecen haber cambiado sin retorno posible, nos lleva a preguntarnos, si se trata de una herramienta provisoria o de un cambio definitivo.
La realización de trabajo a domicilio o a distancia, no es una modalidad tan nueva como parece. Un antecedente histórico del trabajo a distancia data de la Inglaterra preindustrial. Entonces se lo llamo “industria a domicilio” y consistía básicamente en la elaboración artesanal de prendas de vestir.
Mas allá de las grandes diferencias entre épocas y de las relaciones sociales involucradas, el caso analizado en Europa prerrevolución industrial nos muestra que, su resultado fue mayor explotación para los trabajadores, precisamente por las condiciones impuestas para desarrollarlo. El argumento en que se presentaba era relativamente similar a la actual: trabajar desde “la comodidad” de su casa.
No obstante, los trabajadores a domicilio, cuyo número ha aumentado sustancialmente debido a la propagación de la pandemia de COVID-19, deben gozar de mayor protección, según se señala en un nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Puesto que el trabajo a domicilio tiene lugar en la esfera privada, en la mayoría de los casos es “invisible”. En los países de ingresos bajos o medianos, por ejemplo, casi todos los trabajadores a domicilio (el 90%) desarrollan su labor de manera informal.
Suelen estar en peores condiciones que los que trabajan fuera de casa, incluso en profesiones más cualificadas. Los trabajadores a domicilio ganan en promedio un 13% menos en el Reino Unido; un 22% menos en los Estados Unidos; un 25% menos en Sudáfrica y alrededor del 50% en la Argentina, la India y México.
Los trabajadores a domicilio deben afrontar asimismo mayores riesgos en materia de seguridad y salud y poseen un acceso más restringido a los programas de formación que las personas que no trabajan a domicilio, lo que puede repercutir adversamente en su trayectoria profesional.
El informe Working from home. From invisibility to decent work (El trabajo a domicilio: De la invisibilidad al trabajo decente) pone de manifiesto asimismo que los trabajadores a domicilio no poseen el mismo grado de protección social que los demás.
Es decir la condiciones materiales del teletrabajo o el trabajo a domicilio, tal cual lo conocemos hoy. representan una amenaza potencial a la autopercepción de cada trabajador como integrante de un colectivo mayor en el cual se construye la conciencia colectiva y se constituyen las organizaciones de los trabajadores.
Nuevas necesidades acuciantes
Según estimaciones de la OIT, antes de la crisis de Covid-19 había alrededor de 260 millones de trabajadores a domicilio en todo el mundo, a saber, el 7,9% del empleo mundial; el 56% de ellos (147 millones) eran mujeres.
Entre esos trabajadores figuran personas que trabajan a distancia de forma ininterrumpida, así como una gran cantidad de los que llevan a cabo una labor no automatizada en el sector de la producción, por ejemplo, tareas de bordado, artesanía o montaje electrónico.
Una tercera categoría de trabajadores, es la de las personas que desempeñan su labor a través de plataformas digitales en el sector de la prestación de servicios, por ejemplo, tramitación de reclamaciones de seguros, edición de textos o inscripción de datos a los efectos de formación de sistemas de inteligencia artificial.
A lo largo de los primeros meses de la pandemia de Covid-19, en 2020, en torno a uno de cada cinco trabajadores realizó su labor a domicilio. Se prevé que los datos para 2020 en su conjunto, una vez que estén disponibles, pongan de relieve un aumento sustancial con respecto al año anterior.
Cabe esperar que la cantidad de trabajadores a domicilio siga aumentando a lo largo de los próximos años, según se desprende de los resultados del informe, y de ahí la acuciante necesidad de volver a abordar las dificultades que afrontan los trabajadores a domicilio y sus empleadores.
Reglamentación deficiente y falta de conformidad
Por lo general, la reglamentación del trabajo a domicilio es deficiente y el cumplimiento de la legislación vigente resulta complejo. En muchos casos, los trabajadores a domicilio son considerados contratistas autónomos y, en consecuencia, quedan excluidos del ámbito de la legislación laboral.
“Muchos países cuentan con legislación, en ocasiones complementada mediante convenios colectivos, que permite colmar lagunas a fin de fomentar el empleo decente con respecto al trabajo a domicilio. Únicamente diez estados miembros de la OIT han ratificado el Convenio 177, en virtud de cual se promueve la igualdad de trato entre los trabajadores a domicilio y otros trabajadores asalariados; por otro lado, pocos países disponen de una política integral sobre trabajo a domicilio”, señala Janine Berg, economista principal de la OIT y coautora del informe.
Recomendaciones
En el informe se formulan recomendaciones específicas para poner de relieve el trabajo a domicilio y, a tenor de ello, fomentar su protección. Con respecto a los trabajadores a domicilio del sector industrial, en el informe se subraya la importancia de facilitar su transición a la economía formal mediante la ampliación de su protección jurídica, el fomento de la conformidad, la generalización de contratos suscritos por escrito, el acceso a la seguridad social y el aumento de su concienciación sobre sus derechos.
En relación con los trabajadores a domicilio que realizan su labor a través de plataformas digitales, cuya actividad plantea dificultades específicas en materia de conformidad por abarcar varios países, en el informe se aboga por la utilización de información propia de ese tipo de trabajo a fin de supervisar las condiciones de trabajo y los instrumentos aplicados para establecer salarios justos.
En lo concerniente a los trabajadores a distancia, en el informe se pide a los encargados de la formulación de políticas que establezcan medidas específicas para mitigar los riesgos psicosociales y respetar el “derecho a desconectarse”, a fin de delimitar claramente los ámbitos profesional y personal.
Sin dudas, que unos de los cambios más tempranamente advertidos es la modificación de la duración de la jornada laboral. El trabajador está disponible todo el tiempo. Las demandas de su empleador no se circunscriben con límites claros al tiempo en que el trabajador se encuentra produciendo, y el limite entre la vida laboral y personal se desdibuja.
Es sumamente importante contrapesar el poder de los grandes grupos económicos. Éste no es un debate puramente teórico e intelectual, ya que el capital con o sin pandemia intentará implementar una reforma laboral en contra de los intereses de los trabajadores. Por lo tanto, hay que ser conscientes que estos cambios imprevistos pueden ser plenamente funcionales a sus intereses para maximizar sus ganancias en detrimento de los mas débiles.
Es necesario advertir la amenaza potencial que esta modalidad laboral puede implicar en términos de flexibilización laboral, encubierta por el halo del avance tecnológico, una estrategia de simulación no ajena al neoliberalismo.
*Periodista uruguayo acreditado en la ONU-Ginebra, analista asociado al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE)