Ley de Trabajo, vista por Leopoldo Puchi

LEOPOLDO PUCHI| Nada justifica que hayan transcurrido doce años sin que se aprobara un nuevo régimen del derecho a prestaciones sociales, distinto al que entró en vigencia en 1997. Se trata de un mandato de la Constitución, del cual no puede zafarse ni el Gobierno, que fue su promotor, ni la oposición, que ha manifestado de manera reiterada su respaldo a los postulados y disposiciones constitucionales.Así que debe crearse un sistema de pago de las prestaciones sociales “proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad al último salario devengado”. De la misma manera es una obligación legislar sobre la reducción de la jornada laboral y también en relación a la seguridad social integral, es decir, los subsistemas de pensiones, paro forzoso y salud.

Por lo demás, resulta absurdo que esta Ley del Trabajo sea aprobada ahora por habilitante cuando el Psuv ha tenido mayoría durante años en la Asamblea, y todavía tiene los votos necesarios, porque el carácter orgánico ya fue definido por la Constituyente. En efecto, votos en la Asamblea para modificar o redactar una nueva Ley del trabajo nunca le han faltado al Gobierno, que ha conservado la mayoría parlamentaria desde el 2000 y que en el período 2005-2010 tuvo su control más que absoluto, por la abstención opositora. En 2007 se presentó en la Comisión de Desarrollo Social un proyecto de ley, pero fue engavetado y el presidente de la misma, Oscar Figuera, fue destituido por insistir en la reforma.

Si una Ley del Trabajo es elaborada por un Gobierno socialista, es razonable que su contenido sea construido desde este enfoque y que se busque equilibrar las relaciones laborales, capital-trabajo, a favor de los trabajadores. Así que una nueva ley debe, obviamente, abandonar la perspectiva neoliberal que dio origen a la reforma de 1997. Es necesario, por ejemplo, que se establezcan normas claras que obliguen a los patrones, bien sea el Estado o el sector privado, a cumplir y ejecutar las disposiciones emanadas del Ministerio del Trabajo.

Pero se cometería una gravísima equivocación si se confunde el enfoque socialista en la redacción del articulado con la realidad en la que funcionaría la ley, que es la de una economía de mercado, donde la relación que se establece entre trabajadores y empresarios se da en el marco del capitalismo. En consecuencia, los mecanismos de arbitraje y negociación deben ser un componente esencial de ella.

Si se habla de transición, la ley debe propender al establecimiento de nuevas relaciones sociales y debe ayudar a que la correlación de fuerzas se incline del lado de la clase trabajadora. Pero no puede ser un dispositivo jurídico cerrado y dogmático, sino moldeable y flexible, en capacidad de ajustarse de manera progresiva, y a partir de enunciados definitorios, a los cambios que efectivamente tengan lugar en la economía y las relaciones sociales.

En todo caso, el movimiento obrero se encuentra ante circunstancias que le son muy favorables, lo que puede permitir que sea sancionada una Ley del Trabajo de avanzada. Pero esto no vendrá solo de comisiones técnicas o de especialistas, ni será el resultado de una representación burocrática en las comisiones que se designen, sino que dependerá de la movilización y atención que le presten al asunto directamente los trabajadores.

*Secretario General dedl MAS, fue el primer ministro de Trabajo del gobierno de Hugo Chávez (1999)